El momento más esperado por muchos descendientes de españoles ayer 6 de octubre el Senado aprobó está ley que refuerza el compromiso del Estado en la búsqueda de desaparecidos de la Guerra Civil y el franquismo.
Esta ley recoge la posibilidad de que algunos descendientes de españoles puedan adquirir la Nacionalidad Española, como lo son:
1. Los nacidos fuera de España de padres o madres, abuelas o abuelos españoles exiliados por razones políticas, ideológicas o de creencia.
2. Los hijos e hijas nacidos en el exterior de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad por casarse con extranjeros, antes de la entrada en vigor de la Constitución de 1978.
3. Los hijos e hijas mayores de edad de aquellos españoles a quienes les fue reconocida su nacionalidad de origen en virtud del derecho de opción de acuerdo a lo dispuesto en la presente Ley o en la Ley de Memoria Histórica.
Debemos esperar su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y las indicaciones de su entrada en vigor.
La solicitud de la nacionalidad española por esta vía se podrá llevar a cabo en los consulados y embajadas españolas, también en los registros civiles de España.
Muy atento a nuestras redes porque estaremos al tanto de esta nueva Ley.
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